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Sanciones por no cumplir VeriFactu: qué te juegas

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Lo que te juegas al no cumplir VeriFactu es quedar expuesto a un régimen sancionador específico por tener o usar un programa de facturación que no se ajusta a la norma, con multas que la normativa sitúa en el entorno de varios miles de euros por equipo o ejercicio (cifras orientativas que conviene confirmar). La buena noticia para tu negocio: es un riesgo 100 % evitable y barato de prevenir si te adelantas. Basta con tener un sistema preparado para VeriFactu antes de la fecha que te obligue, y entonces la sanción deja de formar parte de tu ecuación. A continuación te explicamos cómo funciona ese régimen, qué importes se manejan, qué riesgos reales asume tu empresa y cómo adelantarte a tiempo sin sobresaltos.

El régimen sancionador por usar software no conforme

VeriFactu no se limita a describir cómo debe comportarse un programa de facturación: también establece qué ocurre si ese programa no cumple. La norma traslada la responsabilidad al software y a quienes lo producen y lo usan, precisamente para que ninguna factura pueda alterarse o desaparecer en silencio.

El régimen sancionador actúa, a grandes rasgos, en dos planos complementarios:

  • Fabricantes y comercializadores de software: quienes producen o venden programas de facturación tienen la obligación de que sus sistemas cumplan los requisitos y de acreditarlo. Distribuir un software que no se ajusta a la norma - o que carece de la certificación o declaración responsable correspondiente - está sujeto a sanción.
  • Empresas y autónomos que usan el software: el obligado tributario que tenga o utilice un sistema de facturación no conforme también queda dentro del ámbito sancionador. No vale escudarse en que «el programa lo eligió otro»: la responsabilidad de facturar con un sistema válido es de quien factura.

La idea es coherente con el espíritu de la norma: si la garantía de que las facturas no se manipulan recae en el software, tiene sentido que la ley vigile tanto a quien lo fabrica como a quien lo emplea en su día a día.

¿De cuánto son las sanciones? (importes orientativos)

Es la pregunta que todo el mundo se hace, y conviene responderla con honestidad: las cuantías exactas dependen del supuesto y de las circunstancias de cada caso, y conviene contrastarlas con tu asesor. Dicho esto, los órdenes de magnitud que se manejan al hablar del reglamento de sistemas informáticos de facturación son lo bastante significativos como para tomárselos en serio. Estos rangos son orientativos, no una cifra oficial cerrada:

  • Para quien fabrica o comercializa software no conforme: las infracciones más graves - distribuir programas sin la certificación o declaración responsable exigida - se sitúan en la franja alta del régimen, del orden de varias decenas de miles de euros por ejercicio y tipo de producto. Es el tramo más severo, pensado para frenar la oferta de software no válido.
  • Para la empresa o autónomo que usa el sistema: el supuesto típico es la tenencia o el uso de un sistema que no se ajusta a los requisitos, con importes que se manejan en el entorno de varios miles de euros por ejercicio. Se trata de una sanción ligada al sistema en sí, no a si declaraste bien tus impuestos.
  • Agravantes que disparan la cuantía: usar o distribuir software diseñado para llevar contabilidades distintas, ocultar ventas o alterar registros (el llamado «software de doble uso») se considera lo más grave del cuadro y mueve los importes hacia la parte superior de la escala.

Lee estos números como una señal de proporción, no como una promesa. El mensaje sensato no es «te van a multar con X euros exactos», sino que el riesgo es real, recurrente (puede repetirse por ejercicio) y mucho más caro que la alternativa: adaptar tu facturación con tiempo suele costar una fracción de lo que está en juego.

En claro: a partir de la fecha que te aplique, usar un programa que no esté preparado para VeriFactu deja de ser una opción admisible. El riesgo no es teórico: es un incumplimiento con su propio régimen de sanciones.

Qué riesgos asume tu empresa

Más allá del detalle de los importes - que dependen de cada supuesto y conviene confirmar con tu asesor, ya que la cuantía concreta puede variar según las circunstancias - , lo relevante es entender a qué te expones si llegas a la fecha de obligación con un sistema no conforme:

  • Exposición a sanción por el sistema en sí: la normativa contempla un régimen propio para la tenencia y el uso de sistemas informáticos de facturación que no cumplan los requisitos, con independencia de que hayas declarado correctamente tus impuestos.
  • Mayor probabilidad de inspección: un software conforme genera registros encadenados, trazables y exportables que ordenan tu facturación. Sin ellos, ante una comprobación tu situación es mucho más frágil y difícil de justificar.
  • Riesgo reputacional y operativo: descubrir el problema en plena inspección, o tener que cambiar de sistema con prisas, paraliza al equipo administrativo en el peor momento posible.
  • Pérdida de garantías internas: el encadenamiento por huella digital no solo es una exigencia legal, también te protege a ti frente a errores, manipulaciones o disputas sobre lo facturado.

Conviene insistir en un punto: aquí no presentamos cifras como certeza. El mensaje sensato no es «te van a multar con X», sino que existe un riesgo real y evitable, y que el coste de prevenirlo es siempre menor que el de corregirlo a destiempo.

Un ejemplo realista del tipo de situaciones que vemos en pymes ayuda a aterrizarlo. Una empresa de servicios con un programa de facturación heredado, comprado hace años a un proveedor que ya no lo actualiza, llega a la fecha de obligación sin saber si su software será conforme. Cuando por fin pregunta, el proveedor no garantiza una versión adaptada. A esas alturas, cambiar de sistema implica migrar el histórico, reconfigurar series y plantillas y formar al equipo administrativo: semanas de trabajo concentradas justo en el peor momento, con la presión de una fecha legal encima. El mismo cambio, planificado con seis u ocho meses de margen, se hace con pruebas, sin prisas y sin exposición a sanción. La diferencia entre ambos escenarios no es el «qué», sino el cuándo.

VeriFactu, AEAT y factura electrónica: no lo confundas

Una fuente habitual de confusión - y de incumplimientos por despiste - es mezclar obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo tu software registra y firma cada factura mediante una huella encadenada, e incluye la capacidad de que esos registros estén preparados para remitirse a la Agencia Tributaria. Es una norma sobre el sistema de facturación.

La factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B) es otra normativa diferente, centrada en el formato y el intercambio de la factura. Son obligaciones que pueden convivir, y cumplir una no significa cumplir la otra. Tener clara esta distinción evita asumir que «ya estás cubierto» cuando en realidad solo has resuelto una parte. Si quieres profundizar en las diferencias, lo desarrollamos en VeriFactu vs. factura electrónica, y puedes ver el contexto normativo completo en nuestra página de Cumplimiento fiscal y normativa.

Cómo evitarlo a tiempo

La forma de no jugarte nada es sencilla de enunciar: tener un sistema preparado para VeriFactu antes de que la obligación te sea exigible. Las fechas las fija la normativa y conviene confirmarlas, porque pueden ajustarse, pero las referencias de calendario que se manejan son enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto de Sociedades y julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. A partir de esos hitos, usar un software no conforme deja de estar permitido.

Para llegar conforme y sin sustos, este es el camino que recomendamos:

  • Identifica con qué facturas hoy: ERP, programa vertical, aplicación a medida... El primer paso es saber exactamente qué software emite tus facturas.
  • Pregunta a tu proveedor por escrito: ¿tendrá una versión conforme a VeriFactu? ¿Con qué fecha y alcance? Si no hay respuesta clara, ese silencio es en sí mismo una señal de alerta.
  • Guarda la documentación de conformidad: el software conforme debe acompañarse de una declaración responsable del fabricante o un certificado. Pídelo y archívalo junto a la versión instalada.
  • Valora la mejor vía según tu caso: actualizar tu ERP actual, adoptar uno preparado de serie para la normativa española o integrar la conformidad en tu software propio.
  • No lo dejes para el último mes: un cambio o una adaptación requiere pruebas, migración de datos y formación del equipo. Las prisas son la principal fuente de errores.

Aquí es donde tener un partner con experiencia ahorra tiempo y disgustos: lo difícil no es saber que hay que cumplir, sino decidir la vía correcta para tu caso y ejecutarla sin parar tu facturación. En 3L Systems trabajamos cada una de esas vías de principio a fin. Si usas Dynamics 365 Business Central, lo dejamos conforme a VeriFactu con nuestra solución sin que cambies de sistema - lo explicamos en detalle en VeriFactu en Business Central -, si prefieres renovar tu gestión, Vindex ERP incorpora facturación verificable de serie, pensada desde el principio para la normativa española, y si facturas desde una aplicación específica, integramos la conformidad con una solución a medida que respeta tu operativa actual.

El objetivo es el mismo en todos los casos: que llegues a la fecha de obligación con la tranquilidad de facturar con un sistema preparado para la norma, con la documentación de conformidad guardada y el equipo formado, y que el riesgo de sanción simplemente no forme parte de tu ecuación. Cuanto antes lo abordes, más sencillo, barato y tranquilo será el cambio: el reloj corre hacia 2027 y la agenda de los proveedores se llena a medida que se acerca la fecha.

Preguntas frecuentes

¿A quién puede sancionar la AEAT por no cumplir VeriFactu?

El régimen sancionador distingue dos planos. Por un lado, los fabricantes y comercializadores de software que produzcan o vendan programas que no cumplan los requisitos. Por otro, las empresas y autónomos que utilicen o tengan en uso sistemas de facturación no conformes. Conviene confirmar cómo aplica a tu caso concreto con tu asesor.

¿Qué riesgos asume mi empresa si uso un software no conforme?

La normativa prevé un régimen sancionador específico para la tenencia y el uso de sistemas informáticos que no se ajusten a los requisitos. Más allá del importe concreto, que depende del caso y conviene verificar, el riesgo real es operar fuera de la norma y exponerte a una inspección. Lo prudente es regularizar antes de que la obligación sea exigible.

¿De cuánto pueden ser las multas por incumplir VeriFactu?

Las cuantías exactas dependen del supuesto y conviene contrastarlas con tu asesor, pero los órdenes de magnitud son significativos. De forma orientativa, para quien usa un sistema no conforme se manejan importes en el entorno de varios miles de euros por ejercicio, para quien fabrica o distribuye software no conforme, varias decenas de miles. Los casos más graves (software de doble uso para ocultar ventas) se sitúan en la parte alta de la escala. Son rangos orientativos, no cifras oficiales cerradas.

¿Desde cuándo me pueden sancionar?

Las fechas las fija la normativa y conviene confirmarlas. Las referencias de calendario habituales son enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto de Sociedades y julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. A partir de la fecha que te aplique, usar un sistema no conforme deja de ser admisible.

¿Cómo demuestro que mi software cumple?

El software conforme debe incorporar una declaración responsable del fabricante o un certificado que acredite que cumple los requisitos (registro encadenado por hash, QR, exportación estandarizada y capacidad de remisión a la AEAT). Pide a tu proveedor esa documentación por escrito y guárdala junto a la versión que tienes instalada.

¿Cómo evito sanciones a tiempo?

Adaptando tu facturación antes de la fecha que te obligue. Comprueba si tu ERP actual tendrá una versión conforme y con qué plazo, o valora un sistema preparado de serie para la normativa española. No esperes al último mes: un cambio de software requiere pruebas y formación, y las prisas son la principal fuente de errores.

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