VeriFactu y factura electrónica obligatoria no son lo mismo: diferencias y plazos
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Actualizado el 7 de octubre de 2026. El 5 de octubre se movieron los dos calendarios. Se publicó en el BOE la orden que pone en marcha la factura electrónica (octubre de 2027 u octubre de 2028, según la facturación) y Hacienda anunció que VeriFactu pasa a octubre de 2028 para que coincida con ella. Ese aplazamiento está pendiente del BOE. Más en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.
No, VeriFactu y la factura electrónica obligatoria no son lo mismo: son dos normativas distintas, con objetivos, alcances y plazos diferentes. VeriFactu regula cómo tu software registra y asegura cada factura para que no se pueda alterar, mientras que la factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B) regula en qué formato se emiten, envían y reciben las facturas entre empresas y autónomos. Que compartan la palabra «factura» y ahora vayan a coincidir en el calendario hace que mucha gente las confunda, pero cumplir una no significa cumplir la otra. Aquí te explicamos en qué se diferencian, qué plazos maneja cada una y cómo afecta a tu empresa, sin tecnicismos innecesarios.
Respuesta directa: son cosas distintas y complementarias, no una alternativa a la otra. VeriFactu regula cómo el software de facturación registra y firma cada factura para que sea íntegra y verificable por la AEAT. La factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece obliga a emitir e intercambiar la factura entre empresas en un formato electrónico estructurado. Muchas empresas tendrán que cumplir ambas, y Hacienda ha anunciado que, para quien factura hasta 8 millones de euros, las dos llegarán en octubre de 2028.
Qué es VeriFactu (y qué no es)
VeriFactu nace del Reglamento que desarrolla la Ley Antifraude (Real Decreto 1007/2023) y de su normativa de desarrollo. Su objetivo es garantizar la integridad de los registros de facturación: que ninguna factura pueda borrarse ni modificarse en silencio una vez emitida.
Para conseguirlo, impone requisitos sobre el software de facturación, no sobre el formato de la factura que recibe tu cliente. En concreto, tu programa debe:
- Generar un registro encadenado e inalterable de cada factura mediante una huella digital (hash) que enlaza cada registro con el anterior.
- Incluir un código QR en la factura para verificar sus datos.
- Mostrar la leyenda «VERI*FACTU» cuando el sistema opera en modo de remisión a la Agencia Tributaria.
- Mantener un registro de eventos auditable y permitir la exportación estandarizada de los datos.
- Estar preparado para remitir los registros a la AEAT.
Dicho en corto: VeriFactu es una obligación sobre cómo se comporta tu programa al facturar. No te dice en qué formato tiene que viajar la factura hasta tu cliente.
Qué es la factura electrónica obligatoria (B2B)
La factura electrónica obligatoria entre empresas procede de la Ley 18/2022, «Crea y Crece», y de su desarrollo reglamentario (el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, y la Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre de 2026). Su finalidad es muy distinta a la de VeriFactu: combatir la morosidad y digitalizar las relaciones comerciales obligando a que las facturas entre empresas y autónomos se emitan y reciban en formato electrónico estructurado.
«Estructurado» significa que la factura deja de ser un PDF o un papel para convertirse en un fichero de datos que los sistemas pueden leer automáticamente, como el formato Facturae (un XML muy usado, por ejemplo, para facturar a la Administración) u otros formatos admitidos. El modelo previsto contempla el uso de plataformas de intercambio, con una vía pública (una solución de la Administración) y vías privadas (plataformas privadas que cumplan los requisitos e interoperen entre sí).
Aquí la clave no es la integridad interna de tu software, sino el formato y el intercambio de la factura entre quien la emite y quien la recibe, además de la información de estados (por ejemplo, factura aceptada o pagada).
La diferencia en una frase: VeriFactu vigila cómo tu programa guarda y asegura cada factura, la factura electrónica obligatoria define en qué formato la envías y la recibes de otras empresas. Una mira hacia dentro de tu sistema, la otra, hacia la relación con tus clientes y proveedores.
VeriFactu vs. factura electrónica: las diferencias que importan
Si tuviéramos que resumir en qué se separan ambas obligaciones, estos son los puntos que de verdad marcan la diferencia:
- Norma de origen: VeriFactu viene de la Ley Antifraude y el RD 1007/2023, la factura electrónica B2B, de la Ley Crea y Crece y su reglamento de desarrollo.
- Qué regula: VeriFactu, la integridad y trazabilidad del registro de facturación dentro del software, la factura electrónica, el formato estructurado y el intercambio de la factura entre empresas.
- A quién mira: VeriFactu se centra en la relación entre tu software y la AEAT, la factura electrónica, en la relación comercial entre emisor y receptor.
- Formato de la factura: VeriFactu no impone un formato para tu cliente, la factura electrónica sí exige un formato electrónico estructurado.
- Plazos: calendarios independientes, aunque ahora Hacienda quiere hacerlos coincidir, como vemos a continuación.
Para verlo de un vistazo, esta tabla resume qué regula cada obligación, qué exige, a quién afecta y desde cuándo:
| Diferencia | VeriFactu | Factura electrónica (Ley Crea y Crece) |
|---|---|---|
| Qué regula | Cómo el software registra y asegura cada factura: integridad y trazabilidad interna. | En qué formato se emiten e intercambian las facturas entre empresas. |
| Qué exige | Registro encadenado e inalterable, huella digital (hash), código QR, leyenda VERI*FACTU y remisión a la AEAT. | Emitir, enviar y recibir la factura en formato electrónico estructurado (por ejemplo Facturae) e informar de sus estados. |
| A quién obliga | A quien emite facturas con un programa informático. | A las relaciones entre empresas y autónomos (B2B) en España. |
| Desde cuándo | Octubre de 2028 para sociedades y autónomos, según anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026 (pendiente del BOE). La norma vigente aún dice enero y julio de 2027. | Octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros y octubre de 2028 si facturas hasta esa cifra, desde la Orden HAC/1028/2026. |
| Formato | No impone un formato de factura para tu cliente. | Exige formato electrónico estructurado, un dato legible por máquina, no un PDF ni papel. |
| Relación entre ambas | Son complementarias y pueden convivir. Cumplir una no cubre la otra, pero un mismo ERP bien planteado puede resolver las dos. | |
Por eso pueden, y suelen, convivir: una empresa puede tener que registrar sus facturas conforme a VeriFactu y, además, intercambiarlas en formato electrónico estructurado con sus clientes empresariales. Si quieres comprobar si tu sistema actual está listo para el registro verificable, te sirve nuestro comprobador VeriFactu, y para el contexto normativo completo, la página de cumplimiento fiscal y normativa.
Plazos: dos calendarios diferentes
Aquí es donde más se nota que son normativas separadas, porque cada una tiene su propio calendario. El 5 de octubre de 2026 se movieron los dos: se publicó la orden que pone en marcha la factura electrónica y Hacienda anunció que aplaza VeriFactu para que coincida con ella.
Plazos de VeriFactu
- Sociedades sujetas al Impuesto de Sociedades: octubre de 2028, según el anuncio de Hacienda. La norma vigente dice 1 de enero de 2027.
- Autónomos y resto de obligados: octubre de 2028. La norma vigente dice 1 de julio de 2027.
El aplazamiento está pendiente de publicarse en el BOE. Hasta entonces, las fechas legales siguen siendo las de 2027. Lo contamos en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.
Plazos de la factura electrónica B2B
El calendario de la factura electrónica obligatoria se escalona según el tamaño de la empresa y ya tiene punto de partida. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6, puso en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026:
- Facturación de más de 8 millones de euros: obligatoria a los doce meses, en octubre de 2027.
- Resto de empresas y autónomos: a los veinticuatro meses, en octubre de 2028.
Por eso Hacienda ha elegido octubre de 2028 para VeriFactu: es la fecha en que la factura electrónica llega a quien factura hasta 8 millones de euros.
Si quieres ver el contexto normativo completo y cómo encajan estas obligaciones con el resto de tu fiscalidad, puedes consultar nuestra página de Cumplimiento fiscal y normativa.
De dónde viene la confusión
La mezcla es comprensible: ambas llegan en un horizonte temporal parecido, las dos hablan de «facturas» y las dos implican a tu software de gestión. Pero confundirlas tiene un coste real. Quien piensa «ya tengo factura electrónica, así que VeriFactu está cubierto» puede llevarse una sorpresa, y al revés también. Son capas distintas que tu sistema debe resolver por separado, aunque idealmente lo haga de forma integrada.
La buena noticia es que un único sistema bien planteado puede dar respuesta a las dos: un ERP preparado para registrar facturas conforme a VeriFactu y, a la vez, capaz de emitir y recibir factura electrónica estructurada cuando esa obligación entre en vigor. Si trabajas con Dynamics 365 Business Central o valoras un ERP propio como Vindex ERP, lo lógico es comprobar que ambos caminos están cubiertos.
Qué deberías hacer ahora
No hace falta correr, pero sí ordenar la situación con tiempo. Estos pasos te ayudan a llegar conforme y sin sustos:
- Identifica qué te afecta: si facturas con software y operas con otras empresas, probablemente te alcancen ambas normativas, y si facturas hasta 8 millones, en la misma fecha.
- Pregunta a tu proveedor: confirma si tu ERP o programa estará preparado para VeriFactu y para la factura electrónica B2B, y con qué plazos.
- Vigila el BOE: el aplazamiento de VeriFactu está anunciado pero aún no publicado, así que conviene confirmar la fecha cuando salga.
- Planifica con margen: adaptar el software con antelación evita prisas, errores y costes de última hora.
Si no tienes claro qué obligación te aplica primero ni si tu sistema actual está preparado, lo más sensato es que alguien revise tu caso concreto. En 3L Systems analizamos qué facturas y software usas hoy y te decimos el camino más corto para llegar conforme a ambas normativas y a tiempo.
Preguntas frecuentes
No. Son dos obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo tu software de facturación registra cada factura de forma encadenada e inalterable. La factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B), de la Ley Crea y Crece, regula que las facturas entre empresas y autónomos se emitan, envíen y reciban en un formato electrónico estructurado. Pueden convivir y conviene tener claras ambas.
En muchos casos sí, porque cada una persigue un objetivo diferente. VeriFactu afecta a quien emite facturas con un programa informático, la factura electrónica B2B afecta a las relaciones comerciales entre empresas y autónomos en España. Si facturas con software y operas con otras empresas, lo más probable es que te alcancen ambas, aunque en fechas distintas.
Para VeriFactu, Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que será octubre de 2028 para sociedades y autónomos, pendiente de publicarse en el BOE (la norma vigente aún dice enero y julio de 2027). La factura electrónica B2B será obligatoria en octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros y en octubre de 2028 para el resto, tras la Orden HAC/1028/2026.
No. Facturae es un formato de factura electrónica estructurada (un XML) usado, por ejemplo, para facturar a la Administración. Tiene que ver con la factura electrónica, no con VeriFactu. VeriFactu no impone un formato de factura para el cliente, sino reglas sobre cómo el software registra y asegura la integridad de cada factura.
Sí. Un ERP o software de facturación bien diseñado puede estar preparado para VeriFactu (registro encadenado, QR, exportación) y, a la vez, para emitir y recibir factura electrónica estructurada cuando esa obligación entre en vigor. Lo importante es comprobar con tu proveedor que el sistema contempla ambas y con qué plazos.
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