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Cumplimiento fiscal

Factura electrónica B2B obligatoria: calendario 2027-2028, ¿cuándo me toca?

Equipo 3L SystemsPublicado el · Actualizado el 7 min de lecturaCon apoyo de IA y revisión humanaVolver al blog

Contenido del artículo

Actualizado el 7 de octubre de 2026. Las fechas de este artículo ya no son orientativas. El 5 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, y con ella empezaron a contar los plazos: octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros y octubre de 2028 en el resto de casos. Ese mismo día, Hacienda anunció que VeriFactu también pasa a octubre de 2028, pendiente de publicarse en el BOE. Más en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.

Respuesta directa: la factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos (B2B) llegará por tramos según el tamaño de la empresa. El calendario ya tiene fecha de salida: el 6 de octubre de 2026 entró en vigor la Orden HAC/1028/2026, que pone en marcha los plazos del reglamento de la Ley Crea y Crece. Las empresas con facturación superior a 8 millones de euros entran primero, en octubre de 2027, y el resto de empresas y autónomos después, en octubre de 2028. Lo que sí está claro es la dirección: la factura entre empresas será electrónica y estructurada, y adaptarse con tiempo evita prisas y sustos.

Qué es la Ley Crea y Crece y qué obliga

La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas) introdujo la obligación de emitir y recibir factura electrónica en todas las operaciones entre empresas y profesionales. Su objetivo principal no es recaudatorio, sino reducir la morosidad: al circular las facturas en un formato estructurado, se puede saber cuándo se han emitido, aceptado y pagado, dando visibilidad a los plazos de cobro entre empresas.

La ley marca el «qué», pero el «cómo» y el «cuándo» se concretan en un reglamento de desarrollo: el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. Sus plazos empezaban a contar con la orden ministerial que regula la solución pública de facturación de la AEAT, y esa orden, la HAC/1028/2026, se publicó el 5 de octubre de 2026. Desde entonces hablamos de fechas, no de previsiones.

El calendario 2027-2028, tramo a tramo

El despliegue es escalonado, en función de la facturación anual de cada empresa. La lógica es que las grandes entren primero y arrastren al resto de la cadena. Los dos tramos, contados desde el 6 de octubre de 2026:

  • Empresas con facturación superior a 8 millones de euros: son el primer tramo, a los doce meses, es decir, en octubre de 2027.
  • Resto de empresas y autónomos: tienen más margen, veinticuatro meses, hasta octubre de 2028.

Y una novedad si eres pyme o autónomo: el mismo 5 de octubre, Hacienda anunció que aplaza VeriFactu a octubre de 2028 para que coincida con este segundo tramo. Ese aplazamiento está pendiente de publicarse en el BOE. La recomendación práctica sigue siendo la misma: saber en qué tramo caes y preparar el sistema con antelación.

Lo importante no es la fecha exacta, sino tu tramo. Si facturas por encima de 8 millones, vas en la primera oleada, la de octubre de 2027. Si eres pyme o autónomo, tienes hasta octubre de 2028, pero la obligación llega igual. En ambos casos, empezar pronto es más barato que correr al final.

¿A quién afecta? B2B sí, B2C no

La obligación se centra en las operaciones B2B: facturas entre empresas y autónomos establecidos en España. Si tu negocio factura a otras empresas o profesionales, esto te afecta.

En cambio, las facturas a consumidores finales (B2C) - el particular que compra en tu tienda o contrata tu servicio - quedan, en principio, fuera de esta obligación concreta de factura electrónica de la Ley Crea y Crece. Eso no significa que el B2C esté libre de todo: otras normas, como VeriFactu, sí pueden aplicarte si emites facturas con un programa informático. Por eso conviene mirar tu caso en conjunto y no por piezas sueltas.

Factura electrónica B2B y VeriFactu no son lo mismo

Es la confusión más habitual, y merece la pena aclararla porque son dos obligaciones distintas que pueden convivir:

  • VeriFactu regula cómo tu software registra y firma cada factura: huella encadenada e inmutable, registro de eventos y remisión de esos registros a la Agencia Tributaria. Su foco es antifraude: que ninguna factura se pueda alterar ni borrar en silencio.
  • La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece regula el formato y el intercambio de la factura entre empresas: que viaje en un formato estructurado, con estados de aceptación y pago. Su foco es reducir la morosidad y dar trazabilidad al cobro.

Una misma empresa puede tener que cumplir las dos. Si quieres el detalle de la primera, tenemos un artículo dedicado a qué software necesitas para VeriFactu, y una comparativa más amplia en VeriFactu frente a la factura electrónica. El contexto normativo completo lo recogemos en nuestra página de Cumplimiento fiscal y normativa.

Cómo cumplir con tu ERP (sin dramas)

La buena noticia es que, para la mayoría de empresas, cumplir no significa cambiarlo todo. Significa que el sistema con el que facturas sea capaz de emitir y recibir la factura en formato estructurado y conectarse con las plataformas previstas. Estos son los escenarios más habituales:

  • Ya usas un ERP: lo primero es preguntar a tu proveedor si tu sistema incorporará la factura electrónica B2B - y en qué fecha - mediante actualización o módulo. Si trabajas con Dynamics 365 Business Central, se trata de una plataforma en constante actualización y preparada para adaptarse a la normativa española sin que tengas que reemplazarla.
  • Vas a renovar tu gestión: si estás valorando cambiar de sistema, elegir un ERP pensado para la normativa española te ahorra parches futuros. Vindex ERP, nuestro ERP propio, se desarrolla con el cumplimiento fiscal español en el centro, de modo que la facturación conforme forma parte del sistema desde el principio.
  • Facturas desde una aplicación propia o vertical: si tu facturación sale de un software a medida o específico de tu sector, se puede integrar la conformidad mediante desarrollo a medida, respetando tu operativa actual y conectándola con las plataformas de intercambio.

En todos los casos, el patrón es el mismo: diagnóstico primero, decisión después. Conviene revisar cómo facturas hoy, qué volumen manejas y qué margen te da tu tramo del calendario, y a partir de ahí elegir el camino más corto. No es un proyecto que deba improvisarse la última semana: una implantación o adaptación bien hecha necesita análisis, pruebas y formación del equipo.

Qué hacer ahora (aunque falten meses)

Aunque la fecha que te toque quede lejos, hay pasos sensatos que puedes dar desde ya y que cuestan poco:

  • Identifica tu tramo: comprueba si superas los 8 millones de euros de facturación para saber si vas en la primera oleada o en la segunda.
  • Pregunta a tu proveedor de software: pide por escrito si tu sistema estará preparado y en qué fecha. El silencio es una señal de alerta.
  • Revisa VeriFactu en paralelo: si te aplica, coordina ambas adaptaciones para no pagar dos proyectos seguidos. Si facturas hasta 8 millones, Hacienda quiere que las dos lleguen en octubre de 2028.
  • Consulta a tu asesoría: en temas normativos, el criterio de tu asesor fiscal sobre tu caso concreto es insustituible, este artículo es orientativo, no asesoramiento jurídico.

Como partner de Microsoft con más de 20 años de experiencia y con más de 200 proyectos a la espalda, en 3L Systems acompañamos a empresas de industria, distribución, servicios y asesorías en este tipo de adaptaciones. No prometemos milagros: lo que ofrecemos es un diagnóstico honesto y un plan realista para que llegues conforme y a tiempo, sin sobresaltos.

Preguntas frecuentes

  • La Ley Crea y Crece la establece como obligatoria en las operaciones B2B, y el calendario ya está en marcha: la Orden HAC/1028/2026 entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y desde ese día cuentan los plazos del Real Decreto 238/2026. Será obligatoria en octubre de 2027 para las empresas con facturación superior a 8 millones de euros y en octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos.

  • Afecta a las operaciones entre empresas y profesionales (B2B): empresarios y autónomos que facturan a otras empresas o autónomos establecidos en España. No incluye las facturas a consumidores finales (B2C), que se rigen por otras reglas. Es una obligación general con excepciones que fijará la normativa.

  • No. Son dos obligaciones distintas que pueden convivir. VeriFactu regula cómo tu software registra y firma cada factura mediante una huella encadenada para que no se pueda alterar, y remite esos registros a la Agencia Tributaria. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece regula el formato estructurado y el intercambio de la factura entre empresas, con el objetivo de reducir la morosidad. Una empresa puede tener que cumplir ambas.

  • No necesariamente. Muchos ERP incorporarán el formato estructurado y la conexión con las plataformas mediante una actualización o un módulo. Lo primero es preguntar a tu proveedor si tu sistema estará preparado y en qué fecha. Solo tendrás que plantearte un cambio si tu software no va a ofrecer un camino conforme dentro de plazo.

  • La obligación de factura electrónica de la Ley Crea y Crece está pensada para las operaciones entre empresas y autónomos (B2B). Las facturas a particulares o consumidores finales (B2C) no entran en ese ámbito, aunque sí pueden afectarte otras obligaciones como VeriFactu si facturas con un programa informático. Conviene revisar tu caso concreto con un asesor.

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