Factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece): fechas y qué hacer
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Actualizado el 7 de octubre de 2026. Hemos corregido las fechas. El 5 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que activa el calendario: la factura electrónica será obligatoria en octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros y en octubre de 2028 para el resto. Ese mismo día, Hacienda anunció que VeriFactu pasa también a octubre de 2028, pendiente de publicarse en el BOE. Más en VeriFactu se aplaza a octubre de 2028.
La factura electrónica entre empresas (B2B) será obligatoria en España a raíz de la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, y el calendario ya está en marcha. ¿Desde cuándo? Lo marca el reglamento (Real Decreto 238/2026) y se escalona según el tamaño de la empresa: las que facturan más de 8 millones de euros, en octubre de 2027, y el resto - pymes y autónomos - en octubre de 2028. Los plazos cuentan desde el 6 de octubre de 2026, cuando entró en vigor la Orden HAC/1028/2026. En este artículo te explicamos qué dice la norma, qué plazos tienes según tu tamaño, en qué consiste el modelo de doble vía (plataformas privadas o solución pública de la AEAT) y, sobre todo, qué conviene hacer ya para llegar a tiempo y sin sustos.
Qué es la Ley Crea y Crece y por qué obliga a la factura electrónica
La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas) introdujo, entre otras medidas, la obligación de expedir y recibir facturas electrónicas en todas las operaciones entre empresarios y profesionales. El objetivo declarado es reducir la morosidad comercial, dar trazabilidad a los pagos y digitalizar la relación administrativa entre empresas.
La ley fijó el marco, pero dejó los detalles operativos - formatos, plazos exactos y funcionamiento técnico - a un desarrollo reglamentario. Ese reglamento es el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, y es el que marca el calendario real. Sus plazos empezaban a contar con la orden ministerial de la solución pública de la AEAT, la Orden HAC/1028/2026, que se publicó el 5 de octubre de 2026 y entró en vigor al día siguiente. La ley pone la obligación, y el reglamento y la orden ponen el cuándo y el cómo.
En una frase: la Ley Crea y Crece obliga a facturar electrónicamente entre empresas, el reglamento que la desarrolla es el que dice desde qué fecha y con qué requisitos técnicos. Con la orden ya publicada, las fechas son octubre de 2027 y octubre de 2028.
Plazos previstos según el tamaño de tu empresa
El calendario del Real Decreto 238/2026 es escalonado: no todas las empresas entran a la vez. La lógica es dar más margen a quien tiene menos recursos para adaptarse. Los plazos cuentan desde el 6 de octubre de 2026, cuando entró en vigor la Orden HAC/1028/2026:
- Empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros: son las primeras, a los doce meses, en octubre de 2027.
- Resto de empresas y autónomos: tienen veinticuatro meses, hasta octubre de 2028.
Este artículo decía antes que el segundo tramo rondaría el 1 de octubre de 2027. Era la referencia que circulaba mientras faltaba la orden, y ya no vale. Lo prudente, en cualquier caso, es no esperar al último mes del plazo que te corresponda.
¿Y los autónomos y las pymes?
La obligación alcanza también a autónomos y pequeñas empresas en sus operaciones B2B, aunque con el plazo más amplio. Es un error frecuente pensar que «esto es solo para grandes»: si emites o recibes facturas de otras empresas, tarde o temprano te afectará. La diferencia es solo de calendario.
El modelo de doble vía: plataformas privadas o solución pública AEAT
Uno de los puntos clave del sistema previsto es que no impone una única herramienta. Funciona con un modelo de doble vía que da flexibilidad a las empresas:
- Plataformas privadas de intercambio: podrás emitir y recibir tus facturas electrónicas a través de plataformas privadas que cumplan los requisitos técnicos y de interoperabilidad que fije la norma. Es la opción habitual para quien ya trabaja con un ERP o un software de gestión.
- Solución pública de facturación electrónica de la AEAT: la Agencia Tributaria pondrá a disposición una solución pública gratuita, pensada sobre todo como red de seguridad y como punto de acceso para quien no use plataforma privada.
La pieza que conecta ambas vías es que quien use una plataforma privada deberá remitir una copia de cada factura a la solución pública, de modo que la Administración tenga visibilidad del conjunto. Así, las dos vías coexisten sin que tengas que renunciar a tu software de confianza.
Importante: tu software debe estar preparado para emitir, recibir y reportar facturas conforme a la normativa. No se trata de estar «ya conectado» a la AEAT desde hoy, sino de contar con un sistema que llegará listo dentro del plazo que te corresponda.
Factura electrónica obligatoria y VeriFactu: no son lo mismo
Es muy habitual mezclar ambas obligaciones, pero son normativas distintas que pueden convivir:
- Factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece): regula el formato e intercambio de las facturas entre empresas y el reporte a la solución pública.
- VeriFactu: regula cómo tu software de facturación registra y firma cada factura mediante una huella encadenada e inmutable, para que no se pueda alterar a posteriori.
Cumplir una no significa cumplir la otra. Lo ideal es planificar ambas a la vez para no tener que tocar tu sistema dos veces, y más ahora que Hacienda ha anunciado que VeriFactu también pasará a octubre de 2028, pendiente de publicarse en el BOE. Si quieres ver el contexto normativo completo y cómo encajan estas obligaciones, puedes consultar nuestra página de Cumplimiento fiscal y normativa.
Qué hacer ahora para llegar a tiempo
La buena noticia es que tienes margen si te organizas. Estos son los pasos prácticos para adaptarte sin agobios:
- Identifica tu plazo: según tu facturación anual, sabrás si entras en la primera fase (octubre de 2027) o en la general (octubre de 2028). Eso marca tu hoja de ruta.
- Pregunta a tu proveedor de software: confirma si tu ERP o programa de facturación estará preparado para la factura electrónica obligatoria y en qué fecha. El silencio del proveedor es una señal de alerta.
- Revisa tus datos maestros: clientes, proveedores, identificación fiscal y condiciones de pago deben estar correctos y completos para que el intercambio funcione.
- Decide tu vía: valora si te conviene una plataforma privada integrada en tu gestión o apoyarte en la solución pública, según tu volumen y tu operativa.
- Planifica con margen: adaptar la gestión con tiempo evita prisas, errores y costes de última hora.
Si trabajas con Dynamics 365 Business Central o estás valorando renovar tu gestión, en 3L Systems te ayudamos a dejar tu sistema conforme a la factura electrónica obligatoria y a VeriFactu, sin que tengas que cambiar tu forma de trabajar más de lo necesario. Analizamos tu caso y te decimos el camino más corto para llegar a tiempo.
Preguntas frecuentes
Las fija el Real Decreto 238/2026, que desarrolla la Ley Crea y Crece, y empezaron a contar el 6 de octubre de 2026, cuando entró en vigor la Orden HAC/1028/2026. Las empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros estarán obligadas en octubre de 2027 y el resto de empresas y autónomos en octubre de 2028.
Sí. La obligación de la Ley Crea y Crece alcanza a empresarios y profesionales en sus operaciones entre empresas (B2B), incluidos los autónomos. La diferencia está en el plazo: los autónomos y las empresas que facturan hasta 8 millones de euros tienen hasta octubre de 2028, un año más que las grandes.
El sistema previsto permite usar plataformas privadas de intercambio de facturas electrónicas que cumplan los requisitos, o bien la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Quien use una plataforma privada deberá además remitir una copia de la factura a la solución pública. Las dos vías coexisten y se puede elegir según las necesidades de cada empresa.
No. Son dos normativas distintas que pueden convivir. La factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece regula el formato e intercambio de las facturas entre empresas. VeriFactu regula cómo el software de facturación registra y firma cada factura mediante una huella encadenada para que no se pueda alterar. Cumplir una no implica cumplir la otra.
Lo más sensato es no esperar al último mes. Confirma con tu proveedor de software si tu sistema estará preparado para la factura electrónica obligatoria y en qué fecha, revisa tus datos maestros de clientes y proveedores, y planifica la adaptación con margen. Adaptar la gestión con tiempo evita prisas, errores y costes de última hora.
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